¿Qué cubre un seguro de vida? Capital, beneficiarios y exclusiones
Un seguro de vida en España cubre principalmente el fallecimiento del asegurado: la aseguradora paga el capital acordado a los beneficiarios designados. Pero existen modalidades que amplían la protección a invalidez permanente, incapacidad temporal o enfermedades graves. Dos pólizas con prima similar pueden diferir mucho en alcance.
Coberturas habituales
- Fallecimiento por cualquier causa (salvo exclusiones contractuales).
- Fallecimiento por accidente (a veces con capital doble).
- Invalidez permanente absoluta o total.
- Enfermedades graves: anticipo del capital en diagnóstico.
- Vida temporal vinculada a hipoteca: capital decreciente.
Beneficiarios y capital
Tú designas quién recibe el capital y en qué proporción. Puedes modificar beneficiarios durante la vigencia de la póliza. El capital debe ser suficiente para cubrir deudas pendientes, gastos familiares y, si procede, la educación de los hijos.
Exclusiones frecuentes
- Suicidio en los primeros años del contrato (plazo legal).
- Actividades de riesgo no declaradas.
- Enfermedades preexistentes no comunicadas.
- Fallecimiento en guerra o actos delictivos (según póliza).
Conclusión
Antes de contratar, lee las coberturas principales, el capital garantizado y las exclusiones. Un corredor experto puede ayudarte a interpretar la letra pequeña y elegir el producto que encaja con tu situación familiar.